Una persona nos contacta a través de nuestra pagina de Facebook para saber cual es la retención que debe ingresar en su factura por el arrendamiento de un camión a una persona moral, siendo persona física.

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Respuesta:

En esta operación comercial, se deberá incluir en el CFDI una retención de las 2/3 partes del IVA trasladado (a cobrar) de acuerdo a su zona. Observe el ejemplo, considerando el valor de la renta de 5,000 pesos antes de IVA:

#TipContableMx

Hablando en porcentajes, si en su zona su actividad esta gravada a la tasa del 16%, usted deberá agregar al comprobante fiscal la retención del 10.6667%; mientras que, en el caso de que se encuentre en la zona donde su actividad esta gravada a la tasa es al 8%, entonces deberá ingresar la tasa del 5.3337%.


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por CP Miguel

4 comentario en “#Tip Retención de IVA por arrendamiento de bienes muebles”
    1. Buen día, si usted es persona moral y usted renta un automóvil a una persona física con actividad empresarial y profesional, debe haber retención de IVA, pero NO de ISR.

      Solo si la persona física estuviera en RESICO, además de la retención de IVA si se le retiene 1.25% de ISR.

  1. MAÑANA SI DIOS QUIERE ENTRO A LA PAGINA DE USTEDES Y CON GUSTO PARTICIPARE EN UN INCENTIVO ECONOMICO PORQUE NO TRAIGO LA T.C. NI LA T.D. MUCHAS GRACIAS POR SU COMPRENSION, Y POR SER APORTADORES DEL ACERVO CONTABLE EN MEXCO,

    1. Buenas noches, es un gusto saber que nuestras publicaciones hayan ayudado a resolver sus dudas. Su aportación ayudará a mantener el portal en línea para apoyar a otras personas en un futuro, gracias!

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