Hemos preparado este espacio para que pueda identificar los gastos que realiza en su vida personal y que, de acuerdo a la ley, puede aprovecharlos como una deducción, cumpliendo algunos requisitos, en su declaración anual.

Entre los requisitos que se deben considerar, de manera general, son los siguientes:

  • Que el gasto este amparado con un comprobante fiscal (CFDI).
  • Que sea pagado por cualquiera de las siguientes formas:
    • (02) Cheque nominativo,
    • (03) Transferencia electrónica de fondos,
    • (04) Tarjeta de crédito,
    • (28) Tarjeta de débito,
    • (29) Tarjeta de servicios.
  • Que en el campo USO DE CFDI de los comprobantes fiscales contenga la clave correspondiente, según sea el gasto realizado:
    • (D01) Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
    • (D02) Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
    • (D03) Gastos funerales.
    • (D04) Donativos.
    • (D05) Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación).
    • (D06) Aportaciones voluntarias al SAR.
    • (D07) Primas por seguros de gastos médicos.
    • (D08) Gastos de transportación escolar obligatoria.
    • (D09) Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.
    • (D10) Pagos por servicios educativos (colegiaturas).
    • Y, aunque el comprobante pudiera contener la clave (P01) POR DEFINIR, recomendamos que si usted pretende deducir el gasto como una deducción personal en su declaración anual, solicite la clave correcta en su comprobante fiscal.
  • Que la CLAVE DEL PRODUCTO O SERVICIO facturado concuerde con el tipo de gasto que se pretende deducir conforme al USO DE CFDI.

Es importante mencionar que puedes deducir los pagos realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubino(a), ascendientes o descendientes en línea recta siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $29,402.88.

Por ultimo, es importante mencionar que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a $147,014.40 o del 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor.

Para consultar los detalles específicos de los gastos personales que pretendas deducir, has clic en el que te interese para mas información:

por CP Miguel

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