¿Qué donativos puedo deducir ?

Son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.

El límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.

Recomendaciones

Siempre que realices este tipo de gasto, revisa tu factura y cerciórate que: 

  • El campo «Uso del CFDI» sea por donativos.
  • La donataria que lo reciba esté registrada como autorizada.

Recuerda que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir: 

  • Donativos, si no se otorgaron a donatarias autorizadas o a la federación.
  • Donativos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
  • Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.

por CP Miguel

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